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¿Es la objeción de conciencia un derecho humano?


El pasado 22 de marzo el Senado de la República aprobó el derecho del personal médico a la objeción de conciencia, que se refiere a que tanto doctores como miembros de enfermería pueden negarse a realizar un procedimiento que ellos consideren moral o éticamente inaceptables.
Esta iniciativa fue impulsada desde hace algunos años por el Partido Encuentro Social (PES), sí, el mismo que ahora se ha coaligado a MORENA y cuyo candidato había declarado que no intervendría sobre el estado laico. Claro, siendo puntuales lo que ha dicho es que alcanzando la presidencia dejaría el asunto de los derechos humanos “en manos de la mayoría” y que no haría cambios sobre lo que ya se ha aprobado.

Muchos ateos han creído que esto significa que protegerá el estado laico, por encima de los intereses del PES, pero se trata más bien de una interpretación de sus propias palabras, ya de por sí ambiguas. Los derechos humanos, en primer lugar, no deberían ser negociables. No son un botín político y tampoco un producto con el cual se pueda especular.

Son parte de la democracia, de la política de quienes luchaban por el desmantelamiento del absolutismo. Son una pieza, no una opción. Sin ellos, las democracias quedan truncas. Así se puede hablar del plebiscito como un derecho humano, pero no del derecho humano jugado en plebiscitos. 

Esta acción no tiene nada de inocente y vulnera por completo el estado laico. Es, a todas luces, un acto de populismo y por consecuencia está equivocado. Nada justifica un razonamiento sólo porque la mayoría piense lo mismo, ¿en serio un ateo ilustrado, acostumbrado a escuchar y responder a falacias lógicas no cae en cuenta de que nada justifica una ley contra los derechos sólo porque la mayoría piense lo mismo? Es un vil y común ad verecundiam. Si no lo notan entonces vuelvan a la religión, que la mayoría son creyentes y no pueden estar equivocados.

Pero, ¿a qué se refieren en este documento con la objeción de conciencia? Lo interpretan de la siguiente manera:

“La palabra: "objeción", del verbo, "objetar"; que acepta como sinónimos: "refutar", “discrepar" o bien "negar". De lo anterior y del significado lexicológico de ambos términos: "objeción" y "conciencia"; se puede construir una idea general de la expresión: "objeción de conciencia", en el siguiente sentido: Es el juicio reflexivo, de valores morales, por medio del cual una persona distingue desde su intimidad, desde su interior, lo positivo y negativo; es decir, el bien del mal, lo correcto y lo incorrecto, lo honesto o deshonesto, la conducta ética y moral, de la conducta sinética e inmoral”.

Esta visión tan relativa y subjetivista ha servido como base a una idea peligrosa. “El personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley”. O lo que es igual, médicos y enfermeras pueden dejar de proporcionar su servicio si creen que va en contra de sus ideas religiosas y así lo desean.

Algunos medios de comunicación han manoseado el significado de los derechos, como ejemplo, Milenio Noticias, donde Arturo Valencia Esquivel, afirma que la objeción de conciencia es un derecho humano. Para ello, recurre a la falacia del francotirador, de forma que ideas inconexas parezcan relacionadas a su idea.


Por ejemplo, existen varias formas de interpretar las palabras objeción de conciencia, así primero nos recuerda que la objeción es igual a la resistencia cívica o la desobediencia, y que esto impera sobre el derecho positivo, porque es un derecho natural. Entonces, continua concatenando ideas, es un derecho humano, y luego, como la libertad de creer es un derecho humano, un médico o un enfermero pueden elegir si atender a un paciente por razones religiosas o no.

La verdad es que si esta idea fuera aplicada, un médico de la iglesia de los testigos de jehová podría negarse a hacer una transfusión sanguínea a un paciente en estado crítico, porque su derecho a no hacer su trabajo está por encima de la vida del enfermo. Debería cruzar los dedos, o rezar en este caso, para no encontrarse en una situación semejante.

El problema se agrava cuando recordamos que las creencias personales muchas veces afectan la salud pública. Casos claros son el movimiento antivacunas o los partidarios de la idea de que el VIH no existe. En Argoff TV hemos recibido mensajes de personas que creen que se han curado del virus, por ejemplo, y que al tener relaciones sexuales sin protección, no están transmitiendo el virus a otras personas; o de otras que aceptan abiertamente no haber vacunado a sus hijos y que promueven no hacerlo. Esto cabe también en la objeción de conciencia, ¿por qué no?

Cabe aclarar que la objeción de conciencia no está reconocida como instrumento internacional de los derechos humanos, ni en la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada en 1948 por la Asamblea General de la ONU. Lo que se intenta es inferir que es así, para continuar el argumento.

En realidad la objeción de conciencia afecta las decisiones que el personal médico debe tomar en el desarrollo de sus funciones. Si en el servicio de hospitales públicos ya existen serios problemas en la atención de pacientes, habiendo médicos y enfermeras que llevan a cabo graves abusos o discriminación, estos podrían elevarse.

Así se votó el tema

Votos a favor
Acosta Islas Anabel
PRI
Gómez del Campo Gurza Mariana
PAN
Martínez Martínez José María
PAN
Albarrán Mendoza Esteban
PRI
Luque Inzunza Martha Vianey
PVEM
Medina Ramírez Tereso
PRI
Álvarez garcía ivonne Liliana
PRI
González Cuevas Isaías
PRI
Merodio Reza Lilia Guadalupe
PRI
Arechiga Ávila Jorge
PVEM
Gracia Guzmán Raúl
PAN
Neyra Chávez Armando
PRI
Ávila Ruiz Daniel Gabriel
PAN
Hermosillo y Celada Victor
PAN
Orihuela Bárcenas Ascención
PRI
Burgos García Enrique
PRI
Hernández Lecona Lisbeth
PRI
Preciado Rodríguez Jorge Luis
PAN
Calderón Hinojosa Luisa María
PAN
Herrera Ävila Fernándo
PAN
Ramírez Hernández Sofío
PRI
Cabazos Lerma Manuel
PRI
Izaguirre Francos Cármen
PRI
Rementería Coello Ainara
PRI
Cordero Arroyo Ernesto
PAN
Larios Córdoba Hector
PAN
Ríos de la Mora Itzel Sarahí
PRI
De la Torre Valdez Yolanda
PRI
Lavalle Maury Jorge Luis
PAN
Romero Hicks Juan Carlos
PAN
Flores Escalena Hilda
PRI
Loaiza Garzón Adriana
PAN
Romo Medina Miguel
PRI
Flores Ramírez Gerardo
PVEM
López Brito Francisco S.
PAN
Saldaña Pérez Lucero
PRI
Galicia Ávila Victor Manuel
PRI
Lozano Alarcón Javier
PAN
Santana García José de Jesús
PAN
Gamboa Patrón Emilio
PRI
Puente Salas Carlos Alberto
PVEM
Tapia Franco José María
PRI
García Guajardo Sandra Luz
PAN
Martínez Elizondo Sylvia Leticia
PAN
Torres Graciano Fernando
PAN
Garza Galván Silvia Guadalupe
PAN
Martínez espinoza María Verónica
PRI
Urzúa Rivera Ricardo
PRI
Gastelum Bajo Viva
PRI
Martínez García patricio
PRI
Zuarth Esquinca Rubén Antonio
PRI

Votos en contra
Bartlett Díaz Manuel
PT
Beristain Navarrete Luz María
PRD
Berlanga Sánchez Marlon
PT
Cesareo Guzman Celestino
PRD
De la Peña Gómez Angélica
PRD
Delgado Carrillo Mario
PRD
Encinas Rodríguez Alejandro
PRD
Fernández Fuentes Luis H.
PT
Mayans Canabal Fernando E.
PRD
Monreal Ávila David
PT
Morón Orozco Raúl
PRD
Palafox Gutiérrez Martha
PT
Robledo Aburto Zoé
PRD
Tagle Martínez Marth Angélica
SIN PARTIDO (MOVIMIENTO CIUDADANO)

La aplastante inasistencia
Ayala Almeida Joel
PRI
García Gómez Martha Elena
PAN
Pineda Gochi Ma. Del Rocío
PRI
Barrozo Agramont Ricardo
PRI
González Canto Félix
PRI
Pozos Lanz raúl Aarón
PRI
Blasquez Salinas Marco A.
PT
Guerra Castillo Marcela
PRI
Priego calva Jesús
PRI
Burquéz Valenzuela Francisco
PAN
Guevara Espinoza Ana Gabriela
PT
Robles Montoya Benjamín
PT
Casillas Romero Jesús
PRI
Guzmán Avilés María del Rosario
PAN
Rocha Acosta Sonia
PAN
Ceballos Llerenas Hilda
PRI
Hernández Derás Ismael
PRI
Rojas Hernández Laura
PAN
Chico Herrera Miguel Ángel
PRI
Herrera Anzaldo Ana Lilia
PRI
Romero Deschamps carlos
PRI
Cota Jimenez Manuel
PRI
Herrera Guajardo Laura
PAN
Romero Lainas Adolfo
PRD
Cuellar Cisneros Lorena
PRD
Irizar López Aarón
PRI
Rosas González Oscar
PRI
Cuevas Barrón Gabriela
PAN
Lucía Espejo Miguel Enrique
MORENA
Ruffo Appel Ernesto
PAN
Dávila Fernández Adriana
PAN
Mayans Canabal Humberto
PRI
Salinas Sada Ninfa
PVE
Demedicis Hidalgo Fidel
PRD
Melgar Bravo Luis Armando
PVE
Sánchez Giménez Luis
PRD
Díaz Lizama Rosa Adriana
PAN
Mendoza Mendoza Iris Vianey
PRD
Sansores Sanroman Layda
PT
Díaz Salazar María Cristina
PRI
Merino Campos Carlos Manuel
PRD
Toledo Luis Jorge
PRI
Dorantes Martínez Cármen
PRI
Olvera Acevedo José Marco A.
PRI
Torres Corzo Teófilo
PRI
Fernández Sánchez Navarro Alejandro
PAN
Ortega Martínez María del Pilar
PAN
Torres Peintbert Marcela
PAN
Flores Ávalos Hector David
PAN
Ortíz González Graciela
PRI
Vega Casillas Salvador
PAN
Flores Sánchez Margarita
PRI
Padierna Luna Dolores
PRD
Yunes Landa Héctor
PRI
Flores Valdez Anastacia Guadalupe
PR
Pedraza Chávez Isidro
PRD

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